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    <fecha_publicacion>2012/04/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 93. Divorcio contencioso 80 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93
    EDICTO
 

93 

Divorcio contencioso 80 de 2011 
    Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 80 de 2011 y en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Que estimando como estimo la demanda promovida por la procuradora doña María Bellón Martín, en nombre y representación de doña Lidia Bodoque Talle, contra don Alcibíades Cañas Salgado, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído entre doña Lidia Bodoque Talle y don Alcibíades Cañas Salgado el día 16 de octubre de 2006 en Madrid, con cuantos efectos son inherentes a ello.
    Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.
    Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles de que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días desde su notificación
    Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado en ignorado paradero don Alcibíades Cañas Salgado.
    En Madrid, a 5 de marzo de 2012..El secretario (firmado).
    (03/10.216/12)</texto>
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