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    <fecha_publicacion>2012/04/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 731 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

151 

Demanda 731 de 2011 
    Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 731 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Aida González Ginés, contra la empresa “Limpiezas y Mantenimiento Spalimp, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 87 de 2012
    En Madrid, a 2 de marzo de 2012..Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos seguidos con el número 731 de 2011, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Aida González Ginés, que comparece asistida de letrado, y de otra, como demandada, “Limpiezas y Mantenimiento Spalimp, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por doña Aida González Ginés, frente a la empresa “Limpiezas y Mantenimiento Spalimp, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la trabajadora la cantidad de 348,70 euros por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente para las cantidades salariales y, asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Mantenimiento Spalimp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 7 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/10.500/12)</texto>
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