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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 245 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
    EDICTO
 

175 

Ejecución 245 de 2010 
    Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 245 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elizabeth Verdecia Williams, contra la empresa “Bean Bag, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de fecha 17 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Decreto:
    a)  Declarar a la ejecutada “Bean Bag, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 8.896,91 euros insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme remítase testimonio de esta resolución al registro correspondiente según la naturaleza de la entidad, a efectos de publicación de su parte dispositiva.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), advirtiendo que su interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2807/0000/31/0245/10 que este Juzgado tiene en la cantidad de “Banesto”. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
    Y una vez publicada la presente resolución en el registro correspondiente, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
    Así lo ordeno, mando y firmo..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bean Bag, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 7 de marzo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/10.468/12)</texto>
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