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    <identificador>BOCM-20120418-175</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/04/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 57 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

175 

Ejecución 57 de 2012 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 57 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego de los Reyes Lacasa, contra la empresa “Grupo Mabaexva, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 13 de marzo de 2012 se han dictado las siguientes resoluciones:
    1.o  Orden general de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Se acuerda ordenar y despacha la ejecución a instancia de don Diego de los Reyes Lacasa, contra “Grupo Mavaexva, Sociedad Limitada”, por un principal de 13.792,06 euros, más 827 euros de intereses provisionales, más 1.379 euros de costas provisionales.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo y sin perjuicio de su ejecutividad (artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
    Así por este mi auto lo acuerdo, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, don José Pablo Aramendi Sánchez.
    2.o  Decreto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes de la ejecutada “Grupo Mabaexva, Sociedad Limitada”, que les consten, advirtiéndoles que de no hacerlo así en el plazo señalado se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
    Así por este decreto, lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Mabaexva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 13 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/11.210/12)</texto>
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