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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 9</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/04/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 9. Ejecución 30 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 9
    EDICTO
 

211 

Ejecución 30 de 2011 
    Doña Rosa María Adame Barbeta, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla.
    Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de ejecución 30 de 2011, a instancias de la parte actora doña Mercedes Ramos González-Serna, contra “Consorcio Pharma Select, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de fecha 24 de marzo de 2011 y diligencia de ordenación de fecha 9 de marzo de 2012 del tenor literal siguiente:
    Auto
    En Sevilla, a 24 de marzo de 2011.
    Parte dispositiva:
    La magistrada-juez accidental de lo social del número 9 de Sevilla, doña Carmen Lucendo González, acuerda: Procédase a la ejecución de la resolución de fecha 9 de diciembre de 2010 dictada en las presentes actuaciones, despachándose la misma a favor de doña Mercedes Ramos González-Serna, contra “Consorcio Pharma Select, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por la cantidad de 9.812,29 euros en concepto de principal y 1.569,96 euros en concepto de intereses y costas presupuestados provisionalmente, siguiéndose la vía de apremio sobre sus bienes derechos o acciones hasta hacer pago a la ejecutante de las citadas cantidades.
    Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoseles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento sexto de esta resolución y, sin perjuicio de su efectividad.
    Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Rafael Fernández López, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla, ante mí, la secretaria judicial..Doy fe.
    Decreto
    En Sevilla, a 24 de marzo de 2011.
    Parte dispositiva:
    La secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla, doña Rosa María Adame Barbeta, acuerda: Decretar el embargo de bienes y derechos propiedad de la parte ejecutada “Consorcio Pharma Select, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente a cubrir el importe del principal por el que se ha ordenado la ejecución, ascendente a 9.812,29 euros, más lo presupuestado provisionalmente para intereses y costas 1.569,96 euros, a favor de la ejecutante doña Mercedes Ramos González-Serna, y en concreto las devoluciones que por el impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro concepto pudieran corresponder a la ejecutada, en cuantía suficiente a cubrir principal, intereses y costas a cuyo efecto se librará el correspondiente oficio a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
    Y constando la declaración de la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
    Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de revisión sin que produzca efecto suspensivo, ante la magistrada-juez que dictó el auto de ejecución, mediante escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
    Para la admisión del recurso deberá efectuarse la constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 428/0000/31/0601/09, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “31” y “Social-Revisión”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta en la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.
    Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto”, con el número 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo social número 9 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán en 4028/0000/31/0601/09, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “31” y “Social-Revisión”.
    Así por este decreto lo acuerda, manda y firma la secretaria judicial del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla.
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosa María Adame Barbeta..En Sevilla, a 9 de marzo de 2012.
    Visto el estado de las presentes actuaciones, y habiéndose dictado insolvencia en el Juzgado de lo social número 1 de Oviedo, procede dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quince días inste las diligencias que a su derecho interese a los efectos previstos en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Asimismo, habiendo sido devuelto el exhorto remitido al Juzgado de paz de Monforte del Cid con resultado negativo, procede notificar a la empresa ejecutada a través de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al encontrarse en paradero desconocido.
    Y para que sirva de notificación a la demandada “Consorcio Pharma Select, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
    En Sevilla, a 9 de marzo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/10.852/12)</texto>
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