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– Resolución de 23 de marzo de 2012, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del Acuerdo de Inicio del procedimiento sancionador número INIF 13/12</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
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    CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA           
 

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RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2012, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del Acuerdo de Inicio del procedimiento sancionador número INIF 13/12. 
    Resultando infructuoso el intento de notificación del Acuerdo de Inicio del expediente sancionador que figura en el Anexo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra del escrito lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.
    ANEXO
    ACUERDO DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS, DE INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
    Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
    Comunidad de propietarios de la finca de la calle Ramón Calabuig, número 46, con domicilio en la calle Ramón Calabuig, número 46, 28053 Madrid. . INIF 13/12. . Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 30 de enero de 2012, con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones.
    El plazo anteriormente indicado se contará a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas para que los interesados, de acuerdo con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, formulen alegaciones, aporten cuantos documentos estimen convenientes y solicite, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid, en cuyas dependencias se encuentra el expediente, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    Lo que se hace público, toda vez que se informa al interesado de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
     Dada en Madrid, a 28 de marzo de 2012..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
    (03/12.920/12)</texto>
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