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    <titulo>– Chapinería. Organización y funcionamiento. Ordenanza funcionamiento mercadillo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Chapinería</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza funcionamiento mercadillo 
    El Pleno del Ayuntamiento de Chapinería, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora del funcionamiento del mercadillo municipal y la venta ambulante en el municipio de Chapinería, Madrid, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, dicho acuerdo se considerará aprobado definitivamente.
    En Chapinería, a 11 de abril de 2012..El alcalde-presidente, Ángel Luis Fernández Robles.
    (03/13.446/12)</texto>
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