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    <fecha_publicacion>2012/04/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 733 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80
    EDICTO
 

90 

Procedimiento 733 de 2008 
    Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal de relaciones paterno-filiales número 733 de 2008, a instancias de doña María Sobrinha Mendes Fernandes, representada por la procuradora doña María Teresa Fernández Tejedor, contra don Seco Queta, en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 1 de febrero de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 49 de 2012
    En Madrid, a 1 de febrero de 2012..Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado sobre juicio verbal de relaciones paterno-filiales número 733 de 2008, promovido por doña María Sobrinha Mendes Fernandes, representada por la procuradora doña María Teresa Fernández Tejedor y asistida de letrado, contra don Seco Queta, declarado en situación de rebeldía procesal, habiéndose dado intervención al ministerio fiscal, en base al siguiente
    Fallo
    Que desestimando la demanda formulada por la procuradora señora Fernández Tejedor, en nombre y representación de doña María Sobrinha Mendes Fernandes, contra don Seco Queta, debo declarar y declaro no haber lugar a regular las relaciones de ambas partes con su hijo menor de edad, Fabio Milton Fernandes Queta, ni a la adopción de medida alguna en relación a dicho menor.
    Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
    Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles con acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en forma a don Seco Queta, que se encuentra en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 27 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/13.040/12)</texto>
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