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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 216 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

138 

Demanda 216 de 2012 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 216 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Alexandra Hernández Taveras, contra la empresa “Entremigas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:
    Decreto
    Secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 21 de febrero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Admitir a trámite la demanda presentada por doña Mercedes Alexandra Hernández Taveras, frente a “Entremigas, Sociedad Limitada”, que se sustanciará por las reglas de despido.
    Asimismo, se requiere a la parte actora para que aporte el intento de conciliación ante el servicio administrativo de conciliación/órgano de conciliación designado en el acuerdo interprofesional o convenio colectivo en el plazo de quince días bajo apercibimiento de que de no efectuar la subsanación requerida en el plazo indicado, se procederá al archivo de las actuaciones.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley de la Jurisdicción Social).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2805 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2805, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Diligencia..En Madrid, a 10 de abril de 2012.
    La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 1 de marzo de 2012 ha tenido entrada en este Juzgado escrito presentado por la parte actora subsanando el defecto de la demanda en el que se le requería que aportara acta de conciliación..Doy fe.
    Diligencia de ordenación el secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 10 de abril de 2012.
    Por recibido el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y se tiene por aportada el acta de conciliación.
    Asimismo, se acuerda el señalamiento para los actos de conciliación y, en su caso, juicio para el día 27 de julio de 2012, a las once y veinte horas, sirviendo la presente como citación en forma y haciendo saber a las partes que deberán comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar ante quien dicta esta resolución dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándolo a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entremigas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de abril de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/15.021/12)</texto>
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