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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación y Empleo</departamento>
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– Resolución de 22 de marzo de 2012, de la Directora General de Trabajo, sobre la disolución de la organización sindical denominada Asociacion Profesional de Agentes de Igualdad entre Hombres y Mujeres de la Comunidad de Madrid (número de depósito 2467)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
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    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO           
 

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RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2012, de la Directora General de Trabajo, sobre la disolución de la organización sindical denominada Asociacion Profesional de Agentes de Igualdad entre Hombres y Mujeres de la Comunidad de Madrid (número de depósito 2467). 
    Visto el escrito presentado por el sindicato Asociación Profesional de Agentes de Igualdad entre Hombres y Mujeres de la Comunidad de Madrid cuyos estatutos se encuentran depositados en esta Oficina de Depósito con el número 2467, y teniendo en cuenta los siguientes:
    ANTECEDENTES DE HECHO
    Primero
    En el citado escrito, registrado en esta Dirección General de Trabajo, en fecha 12 de marzo de 2012, se comunica la disolución del sindicato arriba referenciado. Habiéndose detectado defectos en la documentación aportada, se requirió a la citada entidad para que los subsanaran, lo que han realizado el 22 del mismo mes y año. 
    Se adjunta el acta de la reunión celebrada por la Asamblea General Extraordinaria el día 11 de diciembre de 2011, suscrita por doña Begoña Barrio Sanz, con el visto bueno de la Presidenta, doña Soledad Blázquez Jiménez.
    Segundo
    Examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
    A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
    FUNDAMENTOS DE DERECHO
    Primero
    La Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 agosto, de Libertad Sindical, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
    Segundo
    Del análisis de la documentación aportada, y comprobados los estatutos del sindicato, se observa que se recoge la forma de disolución, dándose cumplimiento a lo establecido en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
    ACUERDA
    Anunciar el depósito de la disolución del sindicato Asociación Profesional de Agentes de Igualdad entre Hombres y Mujeres de la Comunidad de Madrid, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
    La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada ante los Juzgados de lo Social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Madrid, a 22 de marzo de 2012..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
    (03/14.099/12)</texto>
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