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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación y Empleo</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 20 de marzo de 2012, de la Directora General de Trabajo, sobre el depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores de Tragsatec (STT) (número de depósito 2558)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
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    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO           
 

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RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2012, de la Directora General de Trabajo, sobre el depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores de Tragsatec (STT) (número de depósito 2558). 
    Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Francisco Javier de la Cita Benito, en representación de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores de Tragsatec (STT) y teniendo en cuenta los siguientes:
    ANTECEDENTES DE HECHO
    Primero
    Que el citado sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de Estatutos, registrado en el Registro de la Dirección General de Trabajo el 7 de marzo de 2012, por el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos. Habiéndose detectado anomalías en la documentación presentada, se les requirió para que procedieran a su subsanación, lo que realizaron posteriormente.
    Segundo
    Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores: don Ángel Cocero Alonso y don Francisco Javier de la Cita Benito.
    Tercero
    Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el que su propia denominación indica.
    Cuarto
    Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias de general aplicación.
    A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
    FUNDAMENTOS DE DERECHO
    Primero
    Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
    Segundo
    Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los estatutos contienen todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.4 de dicha Ley.
    Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo.
    ACUERDA
    Anunciar el depósito de estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Trabajadores de Tragsatec (STT), siendo el ámbito territorial la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el que su propia denominación indica; así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
    La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada ante los Juzgados de lo social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.j) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Madrid, a 20 de marzo de 2012..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
    (03/14.102/12)</texto>
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