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    <fecha_publicacion>2012/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Villalba. Régimen económico. Notificación comparecencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Villalba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Notificación comparecencia 
    No habiendo sido posible practicar la notificación a los interesados por causas no imputables a la Administración Municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria  (“Boletín Oficial del Estado” número 302, de 18 de diciembre de 2003), se cita a los contribuyentes que a continuación se relacionan para que comparezcan, por sí o por medio de representante, en el Departamento de Recaudación de la Tesorería del Ayuntamiento, órgano responsable de la tramitación de los procedimientos que las motivan, sita en la plaza de la Constitución, número 1, de Collado Villalba, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al objeto de serles notificadas las actuaciones llevadas a cabo en el procedimiento que a cada uno le afecta.
    Procedimiento: procedimiento ejecutivo de apremio administrativo.
    Actuación que se notifica: notificación de la providencia de apremio y requerimiento de pago.
    RELACIÓN DE INTERESADOS A QUE SE REFIERE ESTE EDICTO
           

                      

                      
         Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.
    Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados, solo podrá interponerse recurso de reposición ante la Tesorería Municipal, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, con arreglo a lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” número 59, de 9 de marzo de 2004), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 
    Collado Villalba, a 7 de mayo de 2012..La tesorera, Pilar Rodríguez-Palancas Palacios.
    (02/3.994/12)</texto>
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