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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Ofertas de empleo. Bases convocatoria tres plazas auxiliar administrativo</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA
    OFERTAS DE EMPLEO
 

83 

Bases convocatoria tres plazas auxiliar administrativo 
    Por la Junta de Gobierno Local, de 19 de abril de 2012, fueron aprobadas las bases específicas de la convocatoria que regirán las pruebas selectivas para proveer tres plazas de auxiliar administrativo, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2009 y modificación de plantilla 2011.
    Bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer, por concurso-oposición, mediante promoción interna, tres plazas de auxiliar administrativo, escala Administración General, subescala Auxiliar de Administración General, grupo C2, como personal funcionario correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2009 y modificación de plantilla 2011, siendo estas las siguientes:
    Condiciones de los aspirantes
    Los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones en el momento que termine el plazo de presentación de instancias:
    a)	Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales en la Administración Pública.
    b)	Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por Ley podrá establecerse otra edad máxima distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
    c)	No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
    d)	No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de Funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
    e)	No estar inmerso en causa de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
    f)	Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente en el momento de la expiración del plazo para la presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
    g)	Haber prestado servicios como empleado público en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama por un período mínimo de dos años, perteneciendo a Cuerpos o Escalas de un grupo de titulación inferior o a Cuerpo o Escalas del mismo grupo de titulación.
    Criterios de selección
    El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición:
    Fase de oposición
    Consistirá en la realización de los siguientes ejercicios todos ellos de carácter eliminatorio:
    .	Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 50 preguntas, las cuales versarán sobre las materias previstas en el anexo I del programa. El cuestionario de esta prueba estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta.
    	La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la respuesta errónea penaliza con el equivalente a un cuarto del valor de la respuesta correcta redondeando al valor del segundo decimal, la respuesta en blanco no contabiliza.
    	El tiempo para realizar este ejercicio será como máximo de 60 minutos.
    	El tribunal calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo para la obtención de dicha calificación, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en la prueba.
    .	Segundo ejercicio: consistirá en la realización de un supuesto práctico de carácter ofimático, realizado con ordenador, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes en el manejo del programa ofimático que se detalla a continuación:
    	Supuesto práctico: programa de tratamiento de textos Microsoft Office, Word y Excel 2007.
    	El tiempo máximo para la realización de este supuesto será de treinta minutos.
    	La prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para superarla.
    	El tribunal calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo para la obtención de dicha calificación, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en la prueba.
    Fase de concurso
    Baremo de méritos del concurso..Se valorarán los méritos aportados y justificados documentalmente hasta un máximo de 25 puntos, con arreglo al siguiente baremo:
    a)	Por estar en posesión o en condiciones de obtener una titulación superior a la exigida para tomar parte en la presente convocatoria, en la fecha de presentación de instancias: 1 punto.
    b)	Por haber realizado cursos de formación organizados y/o impartidos por entidades públicas, sindicatos y centros de formación homologados, relacionadas con funciones propias de la especialidad del puesto del puesto de trabajo:
    .	Cursos de 0 a 20 horas: 0,10 puntos.
    .	Cursos de 21 a 50 horas: 0,30 puntos.
    .	Cursos de 51 a 100 horas: 0,80 puntos.
    .	Cursos de 100 horas: 1 puntos.
    .	Cursos de 101 a 200 horas: 2 puntos.
    .	Cursos de más de 200 horas: 2,5 puntos.
    	Este apartado tendrá una puntuación máxima de 20 puntos. En aquellos certificados o títulos en los que no conste la duración en horas se valorarán con la calificación mínima 0,10 puntos.
    c)	Por experiencia como auxiliar administrativo, en cualquier Administración Pública como personal funcionario o personal laboral o en el sector privado, a tiempo completo, 0,5 puntos por cada seis meses de trabajo, y por experiencia como auxiliar administrativo, en cualquier Administración Pública como personal funcionario o personal laboral o en el sector privado a tiempo parcial, 0,25 puntos por cada seis meses de trabajo. Este apartado tendrá una puntuación máxima de 4 puntos.
    Calificación final concurso-oposición
    La calificación total del concurso-oposición se hallará efectuando la suma de la nota obtenida en la fase oposición, más la puntuación obtenida en la fase concurso.
    Solicitudes
    Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles, a contar a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y deberán ir acompañadas de:
    .	Documento nacional de identidad o número de identificación de extranjeros, aportando en este último caso certificado de residencia y de trabajo.
    .	Copia del título requerido.
    .	Documento acreditativo del abono de los derechos de examen.
    .	Los documentos acreditativos de la realización de cursos, no será necesario que estos documentos se encuentren compulsados ya que la compulsa se realizará al final del proceso y únicamente para los/las aspirantes seleccionados/as. Los documentos acreditativos de los contratos de trabajo deberán venir acompañados con el certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social, no teniéndose en cuenta ningún contrato que no figure en el certificado de vida laboral, con el correspondiente epígrafe de la titulación exigida en la presente convocatoria.
    .	Los documentos acreditativos de nombramiento como funcionario o funcionarios interino deberán venir acompañados con el anexo I, “Certificado de servicios previos”, o mediante acta de la toma de posesión como funcionario junto con la vida laboral, no será necesario que estos documentos se encuentren compulsados ya que la compulsa se realizará al final del proceso y únicamente para los/las aspirantes seleccionados/as.
    La fecha límite para la alegación de méritos y la presentación de documentos relativos a los mismos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
    En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
    Se deberán dirigir al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama y se presentarán en:
    .	Registro General, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes.
    .	Registro General, en horario de nueve a trece, los sábados.
    .	Registro Auxiliar, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes.
    Asimismo, las instancias podrán presentarse también en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
    Importe de los derechos de examen
    El importe de los derechos de examen será de 18 euros. Dicho importe podrá hacerse efectivo a través de la cuenta bancaria número 2038-2433-02-6000272158 de “Bankia”, a nombre del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
    Admisión de aspirantes
    Terminado el plazo de presentación de instancias, la Concejalía de Organización y Recursos Humanos aprobará, mediante resolución del concejal-delegado, la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días para presentación de reclamaciones a tenor de lo establecido en el artículo 76.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    Resueltas las reclamaciones presentadas, en su caso, la Concejalía de Organización y Recursos Humanos aprobará, mediante resolución del concejal-delegado, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y se hará pública la fecha, hora y lugar en que se celebrará el primer ejercicio, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Todos los acuerdos y resoluciones del tribunal de selección se publicarán en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.
    Tribunal de selección
    El tribunal de selección estará constituido de la siguiente forma: 
    Presidente: 
    .	Titular, don Ángel Luis de la Peña Gordo; suplente, doña Elisa Ibáñez Guajardo.
    Secretaria: 
    .	Titular, doña Ana Isabel Grau Navarro; suplente, don Ángel Damián Ruiz Famadas.
    Vocales:
    .	Titular, doña Concepción Presa Matilla; suplente, doña Rosario Fuertes Melero.
    .	Titular, don José Antonio Rubinos Fernández; suplente, don Miguel Ángel Sánchez García.
    .	Titular, don Luis Miguel Baeza Rojas; suplente, don Ignacio García Salvador.
    .	Titular, doña Gemma Perán Romero; suplente, don Álvaro Rodríguez Urías.
    .	Titular, doña Micaela Andrés Alonso, representante de la Comunidad de Madrid; suplente, doña Susana Patier Cortázar, representante de la Comunidad de Madrid.
    Todos los miembros del tribunal deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para cubrir la plaza.
    Podrán designarse suplentes que integrarán el tribunal cuando no puedan asistir los respectivos titulares.
    El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad de los miembros titulares o suplentes, indistintamente.
    Relación de aprobados
    Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará la relación de los/las seleccionados/as por orden de puntuación, no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al órgano competente para el nombramiento como funcionario de carrera. En caso de empate este se dirimirá de la siguiente forma: primero, por aquel aspirante que haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, y después por aquel aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el punto c) del baremo de méritos del concurso. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el escalafonamiento por la letra a que se refiere a la Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de jueves de 29 de febrero de 2012, siendo la misma la letra “O”.
    En caso de renuncia u otras circunstancias similares de los opositores propuestos podrá proponerse a los inmediatamente siguientes.
    Incidencias
    El tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medios necesarios para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases. Con carácter supletorio y en lo no previsto en estas bases se aplicarán las bases generales aprobadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2008.
    Una vez publicadas estas bases específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el resto de las publicaciones que conlleve este proceso selectivo será objeto de publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
    ANEXO I
    PROGRAMA
    Temario
    1.  La Constitución española de 1978: derechos y deberes fundamentales.
    2.  Reforma de la Constitución. La Corona. 
    3.  Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso y Senado.
    4.  Hacienda Pública: los ingresos públicos. Los impuestos. Las tasas fiscales. Contribuciones especiales. Los derechos generales de los contribuyentes.
    5.  El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento. Padrón de españoles residentes en el extranjero. Organización municipal, competencias.
    6.  La provincia en el Régimen Local. Organización provincial, competencias.
    7.  Otras entidades locales. Áreas metropolitanas. Mancomunidades municipales. Agrupaciones municipales: la comarca.
    8.  Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.
    9.  El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y principios generales. Fases del procedimiento.
    10.  Los recursos administrativos. 
    11.  El personal al servicio de las Administraciones públicas: los empleados públicos. Estatuto Básico del Empleado Público. 
    12.  Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
    13.  Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
    14.  Atención al público: acogida e información al ciudadano
    15.  Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano.
    16.  Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.
    17.  Concepto de documento, registro y archivo. 
    18.  El acto administrativo: concepto. Elementos. Clasificación.
    19.  Eficacia. Invalidez de los actos administrativos.
    20.  Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. El II Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
    21.  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
    En Paracuellos de Jarama, a 23 de abril de 2012..El concejal-delegado de Organización y Recursos Humanos, Borja Baturone Blanc.
    (02/3.717/12)</texto>
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