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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Notificación expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

96 

Notificación expedientes sancionadores 
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictados por la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 71 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
    Se consideran probados los hechos denunciados, confirmando la calificación jurídica inicialmente atribuida en la denuncia y declarando responsables de cada una de las infracciones a las personas cuyos datos se especifican.
    Contra estas resoluciones podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de ese orden, dentro del plazo de dos meses, contando a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    El pago podrá hacerse efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento, o por transferencia bancaria a la entidad “Banco de Santander” en el número de cuenta­ 0049-1622-81-2210010186, a favor del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, indicando el número de expediente.
    Transcurrido el mencionado plazo para efectuar el ingreso, las multas pendientes quedarán incursas en el procedimiento de apremio con el recargo del 20 por 100 de la cantidad a ingresar, más las costas que se procedan y los intereses de demora por el período comprendido entre el día siguiente de la terminación del plazo voluntario de cobranza y el día del pago de la multa.
    Los datos de carácter personal se integrarán en un fichero de un sistema informático gestionado por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y Ley 8/2001, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid. El interesado podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición en los términos previstos en la citada Ley.
           
        Rivas-Vaciamadrid, a 13 de abril de 2012..La concejala-delegada de Seguridad ­Ciudadana (PD 2297/2011, de 13 de junio), Yaiza García Reca.
    (02/3.344/12)</texto>
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