<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120524-186</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/05/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 161 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>123</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-05-24-123160520120146</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/24/BOCM-20120524-186.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/24/BOCM-20120524-186.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/24/BOCM-20120524-186.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/05/24/BOCM-20120524-186.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
 

186 

Ejecución 161 de 2011 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número D-186 de 2011, hoy ejecución número 161 de 2011, a instancias de don Daniel Pelado Romero, doña Patricia Rodríguez Martín y don Garikoitz Piñero García, contra la empresa “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, en los que en fecha 18 de abril de 2012 se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, por importe de 23.928,47 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la LRJS, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil”, a efectos de publicación de su parte dispositiva.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez que ha dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2806 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”, o por transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030 1846 42 0005001274.
    Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
    Así por este decreto, lo mando y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 18 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/15.554/12)</texto>
</documento>