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    <titulo>Madrid número 6. Procedimiento 478 de 2009</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6
    EDICTO
 

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Procedimiento 478 de 2009 
    En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 478 de 2009, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Easy Product” la sentencia número 141 de 2012, dictada en autos en fecha 1 de marzo de 2012, cuyo fallo literalmente dice:
    Fallo
    Que estimando íntegramente la demanda seguida a instancias de “Transmec de Bortoli Group España, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don Javier Millán Rentero y asistida de la letrada doña Rocío Ruiz Martínez, contra la mercantil “Easy Product”, declarada rebelde, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 31.433 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, con imposición de las costas de este proceso a la parte demandada.
    Así, por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, y contra la que cabe interponer (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar de su notificación, ante este Juzgado, a resolver por la Audiencia Provincial de Madrid.
    Dado en Madrid, a 20 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (02/3.877/12)</texto>
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