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    <identificador>BOCM-20120525-128</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Santa María de la Alameda. Régimen económico. Impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>124</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Santa María de la alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

128 

Impuesto bienes inmuebles naturaleza urbana 
    El Pleno del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, en sesión celebrada el 28 de marzo de 2012, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de los siguientes documentos:
    .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
    .	Padrón del impuesto de bienes inmuebles de características especiales.
    .	Padrón sobre tasa de licencias de autotaxi.
    .	Padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
    .	Padrón de tasa por recogida de basuras.
    Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Plazo de cobro: del 1 de julio al 15 de noviembre.
    Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
    Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.
    De no presentarse reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial será automáticamente elevado a definitivo.
    En Santa María de la Alameda, a 18 de abril de 2012..La alcaldesa, María Begoña García Martín.
    (02/4.005/12)</texto>
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