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    <identificador>BOCM-20120530-212</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/05/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 1.240 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>128</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

212 

Demanda 1.240 de 2011 
    Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.240 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Ignacio Echevarría de Andrés, doña Henar Martínez Torres, don David Miguel Águeda, don Miguel Montesinos Santander, don Alfonso Moreno Orihuela, doña Beatriz Puente Serrano, doña Cristina Ruiz Gómez, don Enrique de la Serna Climent, don Aitor Iturbe Galarraga, don Julio José Morato García y don Joaquín Enrique Miguel Angulo, contra las empresas “Microgénesis, Sociedad Anónima”, Sociedad General de Autores y Editores, Sociedad Digital de Autores y Editores, “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, “Microgénesis BCN, Sociedad Limitada”, “Servicios Autorales, Sociedad Limitada”, “Ribera de Mayorga, Sociedad Limitada”, “Hipotálamo, Sociedad Limitada”, “Micromega Consultores, Sociedad Limitada”, “Wellcomen to Madrid Espacios y Soluciones, sobre revisión voluntaria contrato de trabajo, cantidad y despidos, se ha dictado auto de acumulación, cuyos hechos y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
    Hechos:
    Único..Con fecha 24 de noviembre de 2011 se presentó escrito por don Javier Ignacio Echeverría de Andrés, “Microgénesis, Sociedad Anónima”, Sociedad General de Autores y Editores y Sociedad Digital de Autores y Editores interesando la acumulación a las presentes actuaciones de los autos número 1.259 de 2011, del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
    Parte dispositiva:
    1.  Acumular a los presentes autos los provenientes del Juzgado de lo social número 9, seguidos con el número 1.259 de 2011.
    2.  Oficiar al Juzgado citado solicitándole remitir los autos acumulados, con testimonio de la presente resolución.
    Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Juan José del Águila Torres.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Microgénesis, Sociedad Anónima”, Sociedad General de Autores y Editores, Sociedad Digital de Autores y Editores, “Microgénesis Media, Sociedad Limitada”, “Microgénesis BCN, Sociedad Limitada”, “Servicios Autorales, Sociedad Limitada”, “Ribera de Mayorga, Sociedad Limitada”, “Hipotálamo, Sociedad Limitada”, “Micromega Consultores, Sociedad Limitada”, “Wellcome to Madrid Espacios y Soluciones, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 19 de abril de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/15.965/12)</texto>
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