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    <fecha_publicacion>2012/05/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 503 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80
    EDICTO
 

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Procedimiento 503 de 2011 
    Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
    Hace saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 503 de 2011, a instancias de doña Elena Isabela Caragop, representada por la procuradora doña Felisa María González Ruiz, contra don Stelian Alexandru Caragop, en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 25 de abril de 2012, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 230 de 2012
    En Madrid, a 25 de abril de 2012..Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 503 de 2011, sobre divorcio, a instancias de doña Elena Isabela Caragop, representada por la procuradora doña Felisa María González Ruiz y asistida de la letrada doña Elisa Fidalgo Sangüesa, contra don Stelian Alexandru Caragop, en situación de rebeldía procesal, habiéndose dado intervención al ministerio fiscal, en base al siguiente
    Fallo
    Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora González Ruiz, en nombre y representación de doña Elena Isabela Caragop, contra don Stelian Alexandru Caragop, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
    Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
    Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación, previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en forma a don Stelian Alexandru Caragop,  que se encuentra en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 25 de abril de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/15.946/12)</texto>
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