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    <titulo>Santander número 6. Procedimiento ordinario 903 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 6
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 903 de 2011 
    Doña Oliva Agustina García Carmona, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Santander.
    Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 903 de 2011, a instancias de don Manuel Ruiz Bengoechea, don Santiago Haya Alonso y don Javier Jara Rivero, frente a “Nogueira e Hijos de Villalba, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado resolución (sentencia) de fecha 20 de abril de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Estimo la demanda formulada por don Javier Jara Rivero, don Manuel Ruiz Bengoechea y don Santiago Haya Alonso, frente a la empresa “Nogueira e Hijos de Villalba, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a cada uno de los actores la suma de 830,79 euros, incrementada en el 10 por 100 de interés por mora.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    Leída y publicada la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Santander.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a con los apercibimientos en la misma contenidos a “Nogueira e Hijos de Villalba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, libro el presente en Santander, a 23 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/16.239/12)</texto>
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