<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120604-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/06/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Demanda 41 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>132</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-06-04-132280520120197</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/04/BOCM-20120604-70.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/04/BOCM-20120604-70.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/04/BOCM-20120604-70.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/04/BOCM-20120604-70.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

70 

Demanda 41 de 2012 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 41 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Emilio Núñez Gregorio, contra la empresa “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado decreto de admisión con citación (juicio 16 de abril de 2013) y auto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
    Decreto
    Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 10 de febrero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    1.  Admitir a trámite la demanda presentada por don Juan Emilio Núñez Gregorio, frente a “Poliseda, Sociedad Limitada”, “Apra Leven NV”, don Claude Desseille, don Alexis Lefevre, “Apra Leven, Sociedad Anónima”, Consorcio de Compensación de Seguros (Entidad Pública Empresarial), “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial y Ministerio de Trabajo e Inmigración, que se sustanciará por las reglas de la demanda.
    2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 16 de abril de 2013, a las nueve horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    La parte actora comparecerá al acto de juicio asistida de letrado.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Auto
    En Madrid, a 10 de febrero de 2012.
    Acuerdo: Se proceda a la práctica de las pruebas acordadas.
    Notifíquese esta resolución a las partes.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 11 de mayo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/18.012/12)</texto>
</documento>