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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.262 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
 

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Demanda 1.262 de 2011 
    Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
    Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña Fátima María Calonge Gutiérrez, contra “Ceb Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.262 de 2011, se ha acordado notificar a “Ceb Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la siguiente resolución:
    Sentencia número 117 de 2012
    En Madrid, a 8 de marzo de 2012..Doña María Majarón de Tena, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre doña Fátima María Calonge Gutiérrez, de una parte, como demandante, y de otra, “Ceb Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, como demandada, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
    Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por doña Fátima María Calonge Gutiérrez, contra “Ceb Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la cantidad de 2.702,13 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella no podrá interponer recurso de suplicación.
    Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido al presente procedimiento, llevando el original al libro de sentencias.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ceb Vital Peluqueros, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
    En Madrid, a 17 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/19.023/12)</texto>
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