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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Ordenanza apertura establecimientos</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza apertura establecimientos 
    El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    Alpedrete, a 1 de junio de 2012..La alcaldesa, María Casado Nieto.
    (03/20.216/12)</texto>
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