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    <titulo>Prueba de acceso a la universidad
– Resolución de 29 de mayo de 2012, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Organizadora, por el que se dictan las normas e instrucciones reguladoras de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años en el ámbito de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
    C) Otras Disposiciones
    CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO           
 

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Resolución de 29 de mayo de 2012, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión Organizadora, por el que se dictan las normas e instrucciones reguladoras de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años en el ámbito de la Comunidad de Madrid. 
    La Comisión Organizadora de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, creada según lo establecido en la Orden 1342/2012, de 7 de febrero, de la Consejería de Educación y Empleo, ha aprobado, con fecha 24 de mayo de 2012, las normas e instrucciones para la realización de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, dando cumplimiento a lo dispuesto en el capítulo V de Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a la enseñanzas oficiales de grado y los procedimientos de admisión a la universidades públicas españolas.
    En su virtud,
    RESUELVO
    Dar publicidad al Acuerdo de 24 de mayo de 2012, de la Comisión Organizadora de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, por el que se dictan las normas e instrucciones para la realización de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años en el ámbito de la Comunidad de Madrid, que figura anexo a esta Resolución.
    Madrid, a 29 de mayo de 2012..El Director General de Universidades e Investigación, Jon Juaristi.
    ACUERDO DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, POR EL QUE SE DICTAN LAS NORMAS E INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO AÑOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
    Primero
    Requisitos para participar en la prueba
    Podrán participar en la prueba de acceso para mayores de veinticinco años las personas que no reúnan los requisitos necesarios para el acceso a la universidad y hayan cumplido los veinticinco años de edad antes del día 1 de octubre del año natural en el que se realicen las pruebas.
    Segundo
    Estructura y contenidos de la prueba
    La prueba de acceso se estructura en dos fases: una fase general y una fase específica.
    El currículo de los ejercicios será el establecido para las materias de segundo curso de Bachillerato, conforme a lo determinado en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.
    Tercero
    Fase general
    La fase general tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para cursar con éxito estudios universitarios, así como la capacidad de razonamiento y de expresión escrita, y constará de los siguientes ejercicios:
    1.  Comentario de texto, conforme a los contenidos e instrucciones establecidos en el Anexo I.
    2.  Lengua castellana.
    3.  Lengua extranjera, a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y portugués.
    Cada ejercicio de la fase general presentará una única opción, excepto en el ejercicio de lengua castellana en el que el candidato deberá elegir una opción entre dos posibles.
    La duración de cada uno de los ejercicios de la fase general será de sesenta minutos, a excepción del ejercicio de lengua castellana, que tendrá una duración de noventa minutos. 
    Durante la realización de dichos ejercicios se establecerá un descanso de treinta minutos, de acuerdo con el horario de la prueba previsto por cada universidad.
    Cuarto
    Fase específica
    La fase específica de la prueba tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para cursar con éxito las diferentes enseñanzas universitarias vinculadas a cada una de las ramas de conocimiento en torno a las cuales se organizan los títulos universitarios oficiales de Grado. 
    El candidato deberá elegir una de las cinco ramas de conocimiento siguientes:
    a)	Artes y humanidades.
    b)	Ciencias.
    c)	Ciencias de la salud.
    d)	Ciencias sociales y jurídicas.
    e)	Ingeniería y arquitectura.
    En la fase específica, el candidato se examinará de dos materias vinculadas a la rama de conocimiento elegida, de acuerdo con la oferta establecida por la universidad de realización de la prueba.
    Las materias asignadas a cada rama de conocimiento son las recogidas en el Anexo II. Las universidades madrileñas ofertarán al menos tres materias de las establecidas para cada rama de conocimiento.
    Cada ejercicio de la fase específica presentará dos opciones diferentes entre las que el candidato deberá elegir una. La duración de cada uno de los ejercicios de la fase específica será de noventa minutos. Entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente se podrá establecer un descanso de treinta minutos como máximo.
    Quinto
    Elaboración de los ejercicios
    Los ejercicios de la pruebas de acceso deberán ajustarse a los temarios, contenidos y criterios de evaluación recogidos en los apartados segundo y tercero del presente Acuerdo.
    Los ejercicios deberán ser elaborados por profesores universitarios especialistas en la correspondiente materia, adjuntándose los criterios de corrección que especifiquen el valor asignado a cada apartado de los mismos.
    Las universidades deberán garantizar en todo momento el secreto en la elaboración y selección de los ejercicios.
    Sexto
    Calificación de la prueba de acceso
    Cada ejercicio, tanto de la fase general como de la fase específica, se calificará de 0 a 10 puntos.
    La calificación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones obtenidas en la fase general y la fase específica, calificada de 0 a 10 y expresada con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior.
    Se entenderá que el candidato ha superado la prueba de acceso cuando obtenga un mínimo de 5 puntos en la calificación final, no pudiéndose, en ningún caso, promediar cuando no se obtenga una puntuación mínima de 4 puntos tanto en la fase general como en la fase específica.
    Séptimo
    Convocatorias
    Las universidades públicas realizarán en cada curso académico una sola convocatoria de la prueba de acceso para mayores de veinticinco años, que tendrá lugar entre el 1 de marzo y el 30 abril del año de convocatoria. 
    Lo previsto en el párrafo anterior será también de aplicación para las universidades privadas madrileñas que realicen la prueba de acceso para mayores de veinticinco años.
    Ningún aspirante se podrá presentar a la prueba de acceso en más de una universidad en un mismo curso académico. En caso contrario, quedarán automáticamente anuladas todas las pruebas realizadas en dicho curso. Con este fin, antes del 15 de mayo del año de la convocatoria, las universidades convocantes entregarán a la Comisión Organizadora los listados de todos los candidatos presentados en sus respectivas pruebas de acceso para mayores de veinticinco años.
    No habrá límite de convocatorias para superar la prueba de acceso para mayores de veinticinco años. La superación de la prueba tiene validez indefinida, a los efectos de la admisión en la universidad.
    Los aspirantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias con la finalidad de mejorar su calificación. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria siempre que esta sea superior a la anterior. En el supuesto de que el candidato hubiera optado por una rama de conocimiento distinta, podrá utilizar ambas calificaciones según los estudios de grado que desee cursar.
    Octavo
    Tribunales 
    En cada universidad convocante se constituirá un tribunal de la prueba de acceso para mayores de veinticinco años, que deberá garantizar el anonimato de los candidatos en todo el proceso de corrección de los ejercicios. 
    Los tribunales estarán compuestos por un presidente, un secretario, vocales correctores y personal de administración y servicios.
    Los vocales correctores serán profesores universitarios especialistas de las distintas materias que componen la prueba. 
    No podrá formar parte del tribunal el personal docente que, durante el año de la convocatoria o en el inmediatamente anterior, haya participado en cursos de preparación a la prueba de acceso para mayores de veinticinco años.
    Noveno
    Reclamaciones
    Una vez publicadas las calificaciones, se concederá un plazo de tres días hábiles para presentar reclamación dirigida al Rector correspondiente.
    Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados por Profesores universitarios especialistas que, en todo caso, serán distintos a los que efectuaron la primera corrección.
    La revisión se efectuará con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación de los criterios de evaluación y calificación, así como que no existen errores materiales en el cálculo de la calificación final.
    En el plazo de diez días hábiles, a contar desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones, el Rector correspondiente adoptará las Resoluciones que establezcan las calificaciones definitivas de los ejercicios reclamados y se las notificará a los reclamantes. Las Resoluciones respectivas pondrán fin, en cada caso, a la vía administrativa.
    Décimo
    Incidencias
    El candidato podrá dirigirse al tribunal para la resolución de cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo de la prueba. Una vez concluida la prueba, las universidades convocantes darán traslado a la Comisión Organizadora de las incidencias ocurridas durante la realización de la misma.
    Undécimo
    Atención a la discapacidad
    Para aquellos candidatos que, en el momento de su inscripción y conforme a lo establecido por la Administración educativa, justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la prueba con los medios ordinarios, se adoptarán las medidas oportunas para que realicen la prueba en las condiciones más adecuadas posibles en función de su situación y cumpliendo el principio de igualdad de oportunidades.
    Duodécimo
    Comunicación de los resultados de las pruebas
    Una vez finalizadas las pruebas, las universidades pondrán a disposición de la Consejería de Educación y Empleo las bases de datos con todos los resultados de las mismas.
    Decimotercero
    Aplicación
    Las presentes normas e instrucciones serán de aplicación a las pruebas para el acceso a la universidad para mayores de veinticinco años que se celebren a partir del año 2013 en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
    En lo no regulado en las presentes normas e instrucciones se estará a lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    ANEXO I
    PROGRAMA PARA LA REALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE COMENTARIO DE TEXTO
    1.  El comentario de textos: ¿Qué es comentar un texto?
    2.  Partes de un comentario de texto:
    a)	El resumen.
    b)	La estructuración del texto.
    c)	El tipo de texto.
    d)	La valoración personal.
    3.  Prácticas de comentario de textos.
    a)	Textos periodísticos:
    iii)  La crónica.
    iii)  El editorial.
    iii)  La columna de opinión.
    iv)  La noticia.
    b)	Textos literarios:
    ii)  Textos narrativos.
    ii)  Textos descriptivos.
    c)	Textos publicitarios.
    d)	El ensayo humanístico.
    e)	Textos científico-técnicos.
    f)	Textos jurídicos. 
    ESTRUCTURA DEL EJERCICIO
    Sobre un texto se plantearán las siguientes cuestiones: 
    a)	Resumen del texto.
    b)	Identificación y clasificación del tipo de texto.
    c)	Esquema u organización del contenido, división del texto en partes.
    d)	Significado de expresiones del texto.
    e)	Comentario crítico del texto.
           
        (03/21.430/12)</texto>
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