<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120703-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 1.373 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>157</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-07-03-157190620120050</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-92.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-92.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-92.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-92.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

92 

Procedimiento 1.373 de 2010 
    Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
    Hace saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha dictada por el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en procedimiento sobre diligencias previas abreviadas número 1.373 de 2010, seguido ante este órgano judicial por un delito de estafa, por medio del presente edicto se hace saber:
    Que en este Juzgado se siguen diligencias previas número 1.373 de 2010, por un presunto delito de estafa y en calidad de perjudicadas doña Daysi Lucía Montesdeoca y doña Yolanda Piedad Cuenca Sánchez, y en relación con los hechos de la empresa “Elwen, Sociedad Limitada”, puede interponer en el procedimiento con abogado y procurador y solicitar la restitución de la cosa o la indemnización del daño causado, advirtiéndole que si no lo hiciera personalmente, el fiscal puede reclamar en su nombre en el supuesto de que así proceda.
    Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de ofrecimiento de acciones a doña Daysi Lucía Montesdeoca y doña Yolanda Piedad Cuenca Sánchez, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 29 de mayo de 2012..El secretario (firmado).
    (03/20.908/12)</texto>
</documento>