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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 197 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

137 

Demanda 197 de 2012 
    Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 197 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Villar Herranz, contra la empresa “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
    Fallo
    1.  Que estimando íntegramente la demanda de despido interpuesta por doña Cristina Villar Herranz, contra “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 30 de diciembre de 2011 del que la demandante fue objeto, condenando a la demandada “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, a pagar a la demandante doña Cristina Villar Herranz, las siguientes cantidades:
    Indemnización: 12.193,50 euros.
    Salarios de tramitación: 6.503,20 euros.
    Declarando extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 30 de mayo de 2012.
    2.  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Cristina Villar Herranz, contra “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno solidariamente a “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Cristina Villar Herranz la cantidad de 2.601,28 euros, por los conceptos que se detallan en el hecho probado cuarto.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado número 2510, acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 3 con el número 2510 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
    Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mac Time Servicio Técnico, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 1 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/20.969/12)</texto>
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