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    <fecha_publicacion>2012/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuenlabrada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Delegación competencias 
    La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de fecha 6 de julio de 2012, aprobó lo siguiente:
    9.0..Don Juan Antonio Candil Martín. Delegación de competencias.
    Vista la propuesta presentada por el alcalde-presidente que transcrita literalmente dice:
    Resultando las fechas de vacaciones estivales en las que nos encontramos, y dada cuenta de la delegación de las competencias que la Junta de Gobierno Local tiene efectuadas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno Municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de gobierno.
    Resultando que el concejal de Economía, Hacienda, Régimen Interior y STIC estará ausente por vacaciones estivales durante los días 9 a 20 de julio de 2012.
    Resultando que la Junta de Gobierno Local, según acuerdo de fecha 24 de junio de 2011, aprobó delegar en el concejal de Economía, Hacienda, Régimen Interior y STIC competencias en materia de:
    .	Órdenes de pago a justificar.
    .	Concesión de anticipos de caja fija.
    .	Competencias en materia de contratación de obras públicas, suministros y servicios cuyo gasto no exceda la cuantía de 18.000 euros, así como la autorización y disposición del gasto de dicha materia.
    Resultando que según acuerdo de la Junta de Gobierno Local se nombró a don Juan Antonio Candil como director general de Economía, Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
    Considerando lo establecido por la disposición adicional segunda del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 127.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local las competencias como órgano en materia de contratación, así como el desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizados por el Pleno y la gestión del personal.
    Considerando lo establecido por el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Junta de Gobierno Local podrá delegar en los tenientes de alcalde, en los demás miembros de la Junta de Gobierno Local, en su caso, en los demás concejales, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), y h), con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo Público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, e I) del apartado anterior.
    Es por todo ello que se propone a la Junta de Gobierno Local:
    Único..Delegar en don Juan Antonio Candil Martín, director general de Economía, Hacienda y Régimen Interior, mientras duren las vacaciones estivales de las que disfruta el concejal de Economía, Hacienda, Régimen Interior y STIC, durante los días 9 al 20 de julio de 2012, las competencias a él atribuidas por delegación de esta Junta de Gobierno, las cuales retornarán al mismo una vez se incorpore de nuevo a los trabajos de su delegación:
    .	Órdenes de pago a justificar.
    .	Concesión de anticipos de caja fija.
    .	Competencias en materia de contratación de obras públicas, suministros y servicios cuyo gasto no exceda la cuantía de 18.000 euros, así como la autorización y disposición del gasto de dicha materia.
    La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad, aprobar la propuesta transcrita en todos su términos.
    Lo que se publica a efectos de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
    En Fuenlabrada, a 13 de julio de 2012..El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.
    (03/25.752/12)</texto>
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