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    <titulo>Madrid número 71. Procedimiento ordinario 531 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

87 

Procedimiento ordinario 531 de 2009 
    En el procedimiento ordinario número 531 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 74 de 2012
    Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano..En Madrid, a 19 de enero de 2012.
    Fallo
    Que estimando la demanda formulada por el procurador señor Navarro Cerrillo, en nombre y representación de la entidad “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), contra don Sorim Claudio Papadopol y don Danut Crustian Papadopol, declarados en rebeldía, y contra don Juan López Villareal, representado por la procuradora señora Prieto González, debo condenarles solidariamente a que abonen a la entidad actora la suma de 9.063,93 euros, más los intereses practicados; en cuanto a las costas, se imponen a la parte demandada.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde la notificación de esta sentencia que será resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.
    La admisión del recurso precisará que al prepararse se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuentas del Juzgado)/0000 (número del procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/00 (dos últimas cifras del año del procedimiento) abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigidos por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2009).
    Llévese esta sentencia al libro de su clase, dejando testimonio suficiente en los autos.
    Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de don Sorim Claudio Papadopol, don Danut Crustian Papadopol y don Juan López Villareal, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
    En Madrid, a 26 de junio de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/5.808/12)</texto>
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