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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 112 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

86 

Ejecución 112 de 2012 
    Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 112 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Begoña Arias García, don Juan Criado Nacarino, don Rubén González Parra, don Ángel Vidal Atanes, don Miguel Azurmendi La Viña, don José Alberto Cañadas de la Fuente, doña Elisa Martínez Herrero, doña Adela Gallego Martínez, doña Ana Liarte Gabriel, don Fernando Montero Aísa y doña Susana Negueruela Sánchez, contra Fondo de Garantía Salarial y “King Sturge, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado resolución de fecha 9 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Dispongo: Despachar orden general en la ejecución número 112 de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Begoña Arias García, don Juan Criado Nacarino, don Rubén González Parra, don Ángel Vidal Atanes, don Miguel Azurmendi La Viña, don José Alberto Cañadas de la Fuente, doña Elisa Martínez Herrero, doña Adela Gallego Martínez, doña Ana Liarte Gabriel, don Fernando Montero Aísa y doña Susana Negueruela Sánchez, frente a “King Sturge, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, y el Fondo de Garantía Salarial, que responderá conjuntamente del abono de las cantidades establecidas en sentencia, sin perjuicio de, una vez abonadas éstas a los actores, poder subrogarse en los derechos de dichos actores para reclamar de la empresa “King Sturge, Sociedad Limitada”, el importe de lo abonado, por importe de 11.988,52 euros en concepto de principal, más otros 719,31 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y otros 1.198,85 euros para las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
    Requiérase a Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de un mes proceda a dar cumplimiento al fallo de la sentencia en sus propios términos dictada en el presente procedimiento o manifieste a este Juzgado los motivos que lo impidan, advirtiendo, asimismo, de la responsabilidad en que pudiera incurrir el funcionario encargado de dar cumplimiento al requerimiento en caso de no hacerlo.
    Líbrese despacho al Juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, a fin de que remita a este Juzgado testimonio de la resolución dictada en sus autos número 617 de 2008 por la que se declara en concurso de acreedores a la ejecutada “King Sturge, Sociedad Limitada”, o, en su caso, informe sobre el estado de las actuaciones.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, realícense los actos de comunicación por medio de edictos, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
    Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.
    Así lo acuerda y firma su señoría don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “King Sturge, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/26.066/12)</texto>
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