<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120824-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 122 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>202</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-08-24-202170820120192</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/24/BOCM-20120824-117.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/24/BOCM-20120824-117.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/24/BOCM-20120824-117.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

117 

Ejecución 122 de 2008 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 122 de 2008, ejecución número 159 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Naima Rebbahi, contra la empresa “Coarint, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente decreto de fecha 20 de julio de 2012 dictado por el secretario judicial don David Atienza Marcos:
    Parte dispositiva:
    Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de doña Naima Rebbahi y cuyo importe asciende a 4.390,69 euros.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o de sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Coarint, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .
    En Madrid, a 23 de julio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/27.418/12)</texto>
</documento>