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    <identificador>BOCM-20120831-30</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/08/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica del Tajo. Modificación características</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>208</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE</organismo>
    <organismo>Confederación Hidrográfica del Tajo - Comisaría de Aguas</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO       
    MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
    Confederación Hidrográfica del Tajo
    Comisaría de Aguas
 

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Modificación características 
    Se ha presentado en este organismo la siguiente petición de modificación de características..Referencia local: 42617/09.
    Anuncio de competencia de proyectos:
    .	Peticionarios: don Manuel Esteban Martín (3704374-V) y hermanos.
    .	Destino del aprovechamiento: riego.
    .	Caudal de agua solicitado: 9 l/s.
    .	Corriente de donde se han de derivar las aguas: río Tajo.
    .	Término municipal donde radican las obras: Aranjuez (Madrid).
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre un plazo de un mes desde la publicación de esta nota en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, por cuadruplicado, admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento. La presentación, mediante instancia, se hará ante esta Confederación Hidrográfica del Tajo o ante cualquier Registro administrativo (de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
    Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial, sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105 antes citado.
    El desprecintado de los documentos técnicos a que se refiere el artículo 107 del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del séptimo día hábil tras la conclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resultado, que deberán firmar los interesados presentes.
    En Madrid, a 13 de julio de 2012..El jefe de Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, Javier Díaz-Regañón Jiménez.
    (02/6.433/12)</texto>
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