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    <titulo>– Torrelodones. Otros anuncios. Incoación expediente sancionador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrelodones</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES
    OTROS ANUNCIOS
 

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Incoación expediente sancionador 
    Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente:
    Por la alcaldesa, en la fecha que se indica, se ha dictado resolución de incoación de expediente sancionador por presunta infracción de la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano en la Comunidad de Madrid por la realización de una tala de aproximadamente 40 árboles en la finca situada en el número 60 de la avenida de la Berzosilla, de Torrelodones, para determinar la responsabilidad y sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la incoación de los expedientes.
    Se ha nombrado instructor del expediente, al concejal-delegado del Área de Urbanismo, don Santiago C. Fernández Muñoz.
    El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía, conforme disponen los artículos 10 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
    Los presuntos responsables tienen derecho a conocer, en cualquier momento del procedimiento, el estado de tramitación y acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo, previo pago de la tasa correspondiente.
    Tienen, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse.
    Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993 de 4 de agosto haciendo constar que las presentes resoluciones son actos administrativos de trámite, no decisorios, que inician el procedimiento administrativo y son inimpugnables, por lo que no cabe recurso alguno sin perjuicio de impugnar en su día las decisiones que pongan fin a los mismos, si son contrarias a los derechos de los presuntos responsables.
    La vicesecretaria accidental del Ayuntamiento..Carmen Buiza Torre.
    Este expediente puede ser consultado en el Ayuntamiento de Torrelodones, Registro General de Entrada, sito en la plaza de la Constitución, número 2, de lunes a viernes, en horario de ocho y quince a catorce horas.
    Número de expediente. . Fecha de inicio del expediente. . Hechos constitutivos de infracción. . Ubicación. . Presunto responsable. . Preceptos infringidos. . Califica- 	ción. . Sanción a imponer
    ES 4.2.17/11 (Id. 1804). . 1 de junio de 2012. . Tala de árboles sin licencia. . Avenida de Berzosilla, 16. . Don Juan Carlos Martínez Alonso. . Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid. . Muy grave. . Multa de 100.001 a 500.000 euros.
    Torrelodones, a 21 de agosto de 2012..El alcalde accidental, Gonzalo Santamaría Puente.
    (02/6.877/12)</texto>
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