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    <fecha_publicacion>2012/09/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 164 de 2004</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>221</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

62 

Ejecución 164 de 2004 
    Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 164 de 2004 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Roberto Lana Ulloa, contra la empresa “Feser Siglo XXI, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón..En Madrid, a 6 de julio de 2012.
    Por recibido del centro penitenciario de Mansilla de las Mulas comunicación de que el interno don Javier Roberto Lana Ulloa ha sido trasladado a Segovia, únase; una vez hechas las gestiones y puestos en contacto telefónico con el centro penitenciario de Segovia se pone en conocimiento de este Juzgado que el interno ha sido expulsado a Ecuador en el mes de marzo.
    Procédase a la notificación edictal de don Javier Roberto Lana Ulloa, previo al archivo de las actuaciones y previa la nota correspondiente en el libro de este Juzgado.
    Por recibido el exhorto librado al Juzgado decano de Majadahonda, únase.
    Notifíquese la presente a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Modo de impugnación: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrán interponer recurso de reposición que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).
    El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:
    a)  Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado sita en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, al número de cuenta 2522.
    b)  Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos: 0030/ 1033/40/0000000000 o 0030/1033/40/9999999999, y en conceptos indicar la persona o entidad que hace el ingreso, como beneficiario el número de Juzgado, el número de procedimiento y año.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Feser Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 31 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/28.671/12)</texto>
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