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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal recogida domiciliaria basuras y residuos sólidos urbanos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>235</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Talamanca del Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal recogida domiciliaria basuras y residuos sólidos urbanos 
    El Pleno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de enero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos.
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Talamanca de Jarama, a 12 de septiembre de 2012..El alcalde, José Luis Herrero Barbudo.
    (03/30.664/12)</texto>
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