<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121003-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/10/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 190 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>236</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-10-03-236180920120112</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/03/BOCM-20121003-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/03/BOCM-20121003-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/10/03/BOCM-20121003-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

83 

Ejecución 190 de 2009 
    Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 190 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Janusz Piotr Pomper, contra don José Castro Mateos, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 2 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Decreto
    Secretaria judicial, doña Carmen Cima Sainz..En Madrid, a 2 de noviembre de 2010.
    Parte dispositiva:
    Se acuerda:
    a)  El embargo del bien inmueble que se describe:
    Finca número 3.453 de El Álamo, folio 197, tomo 1.207 del archivo, libro 101, Registro de la Propiedad número 1 de Navalcarnero.
    Como propiedad de don José Castro Mateos, con documento nacional de identidad número 5380143-Y, para responder de la cantidad de 3.657,85 euros, más 731,56 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Janusz Piotr Pomper, contra don José Castro Mateos.
    b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
    c)  Requerir al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Castro Mateos, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 3 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.362/12)</texto>
</documento>