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    <fecha_publicacion>2012/10/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 215 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>239</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

113 

Ejecución 215 de 2011 
    Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial, en sustitución, del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Urda, contra las empresas “Jomalode, Sociedad Limitada”, y “Logística Dedicada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 30 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Decreto
    Secretaria judicial en sustitución, doña Montserrat Torrente Muñoz..En Madrid, a 30 de julio de 2012.
    En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a las ejecutadas “Jomalode, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83349613, y “Logística Dedicada, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82752932, , en situación de insolvencia total por importe de 17.812,75 euros de principal, más la cantidad de 3.146,74 euros que provisionalmente se han calculado para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Iinsolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
    c)  Remitir a la parte ejecutante copia sellada de la demanda y testimonios de la sentencia, auto de extinción de la relación laboral, en su caso, auto de ejecución y decreto de insolvencia a efecto de su aportación al Fondo de Garantía Salarial.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación.
    Así lo acuerdo y firmo..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Jomalode, Sociedad Limitada”, y “Logística Dedicada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 30 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/29.919/12)</texto>
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