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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Notificación de 21 de septiembre de 2012, por la que se procede a la publicación de archivo de expediente administrativo sancionador, en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, que se relaciona en Anexo adjunto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID       
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    CONSEJERÍA DE SANIDAD           
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NOTIFICACIÓN de 21 de septiembre de 2012, por la que se procede a la publicación de archivo de expediente administrativo sancionador, en materia de aplicación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y Reguladora de la Venta, el Suministro, el Consumo y la Publicidad de los Productos del Tabaco, que se relaciona en Anexo adjunto. 
    Por medio de la presente notificación se pone en conocimiento de la persona a continuación reseñada, en relación al procedimiento de referencia, que por parte del Organismo Autónomo Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid se sigue expediente en el que se ha dictado el trámite que en este acto se notifica.
    Requerido y último domicilio. . Expediente. . Objeto del requerimiento
    Paul Florin Mudure; calle Sacrificio, número 27, quinto C, 28032 Madrid. . AV/12/0000213. . Archivo procedimiento sancionador.
    Habiendo transcurrido el plazo previsto en el artículo 14.6 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 23 de noviembre de 2000), sin que se haya producido la notificación al interesado de la resolución del expediente sancionador AV/12/0000213, se procede a su archivo.
    En cualquier caso, la caducidad del procedimiento no conlleva la prescripción de la infracción, toda vez que esta es independiente de los plazos de resolución previstos para el procedimiento sancionador, tal y como establece el artículo 92.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de enero de 1999).
    Lo que se comunica en virtud de lo previsto en el artículo 14.4 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que el aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, de 23 de noviembre de 2000).
    Madrid, a 21 de septiembre de 2012..La Directora-Gerente de la Agencia Antidroga, Almudena Pérez Hernando.
    (03/31.991/12)</texto>
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