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    <titulo>Madrid número 33. Demanda 313 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

210 

Demanda 313 de 2012 
    Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 313 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daouda Traore, contra las empresas “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, y “Axom Media, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente.
    Estimo la demanda formulada por don Daouda Traore y condeno a la mercantil “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, a que le abone la suma de 2.936,17 euros de principal. De dicha suma “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, es responsable solidaria y así se la condena hasta 1.840,70 euros. También se las condena solidariamente al abono de 371,08 euros de interés por mora. Absuelvo a la codemandada “Axom Media, Sociedad Limitada” de las pretensiones contra ella deducidas.
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, y “Axom Media, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 5 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/30.116/12)</texto>
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