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    <fecha_publicacion>2012/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 181 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>242</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

150 

Ejecución 181 de 2012 
    Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 181 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Iturralde Espinosa, contra la empresa “ICI Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de ejecución siguientes:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez..En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Alfredo Iturralde Espinosa, frente a “ICI Madrid, Sociedad Limitada”, por un principal de 23.884,90 euros, más 2.388 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.
    Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el citado plazo de tres días hábiles, de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Decreto
    Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de diez días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
    Y visto que en los autos número 1.242 de 2011, ejecución número 127 de 2012, seguidos en este Juzgado frente a la misma deudora, se están practicando las diligencias previstas en el artículo 250 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez conste su resultado se acordará.
    Notifíquese la presente resolución.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ICI Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de septiembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/30.444/12)</texto>
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