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    <fecha_publicacion>2012/10/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Modificación ordenanzas fiscales 
 En el Servicio de Rentas de este Ayuntamiento, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se encuentran expuestos al público los acuerdos provisionales que a continuación se relacionan, adoptados por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2012.
 Aprobar la modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:
 A)	Acuerdos de modificación de las ordenanzas de los siguientes impuestos:
 1.  Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.
 2.  Ordenanza fiscal general del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
 B)	Acuerdos de modificación de las ordenanzas de las siguientes tasas:
 1.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanística.
 2.  Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios municipales de orden urbanístico.
 C)	Establecimiento e imposición de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen.
 Los interesados legítimos a los que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán examinar el referido expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas con sujeción a las siguientes reglas:
 a)	Plazo de información pública y audiencia, así como presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
 c)	Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
 En el supuesto de que no se presenten reclamaciones en el plazo de información publica, se entenderán definitivamente adoptados estos acuerdos.
 En Villaviciosa de Odón, a 25 de octubre del 2012..El alcalde-presidente, José Jover Sanz.
 (03/34.910/12)</texto>
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