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    <fecha_publicacion>2012/11/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 48. Procedimiento ordinario 82 de 2011 DS</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 48 
 EDICTO
 
 106 
 Procedimiento ordinario 82 de 2011 DS 
 Doña María Belén López Castrillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid.
 Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de ordinario número 82 de 2011, a instancias de doña María Dolores Rodríguez López, contra “Lares Modernos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, y en los que se ha dictado la siguiente:
 Sentencia
 En la Villa de Madrid, a 30 de noviembre de 2011..Doña María Belén López Castrillo, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 48 de los de Madrid, habiendo visto y examinado los presentes autos de juicio ordinario 82/2011, seguidos a instancias de doña María Dolores Rodríguez López, representada por la procuradora de los tribunales doña Paloma Manglano Thovar, contra “Lares Modernos, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de 180.000 euros.
 Fallo
 Que estimando la demanda formulada por doña María Dolores Rodríguez López, representada por la procuradora doña Paloma Manglano Thovar, contra “Lares Modernos, Sociedad Anónima”, debo declarar por prescripción adquisitiva a su favor las siguientes fincas: urbana 12, plaza de aparcamiento 12 del conjunto de edificaciones en Madrid comprendido entre las calles Fray Bernardino de Sahagún, Menéndez Pidal, Enry Dunat y Manuel Benedito; urbana 13, plaza de aparcamiento 13, y urbana 14, plaza de aparcamiento 14, sitas en el mismo conjunto de edificaciones, siendo la actora titular en pleno dominio de las referidas fincas.
 Que como consecuencia de ello, procede la inscripción de las fincas a favor de doña María Dolores Rodríguez López, condenando a la demandada a estar y pasar dichas por dichas declaraciones y a que realice los actos necesarios para proceder a la inscripción de las fincas objeto de la demanda a favor de la actora, con expresa imposición de costas a la demandada.
 Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación en este Juzgado en el término de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a su notificación.
 Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
 Y para que sirva de notificación en forma a la demandada y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el presente.
 Madrid, a 30 de noviembre de 2011..El secretario (firmado)..La magistrada-juez de primera instancia (firmado).
 (02/8.248/12)</texto>
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