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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/11/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>279</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Becerril de la Sierra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Modificación ordenanza fiscal 
 En la Secretaría de este Ayuntamiento, y conforme dispone el artículo 17.1 y 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra expuesta al público, a efectos de reclamaciones, el expediente relativo a la aprobación inicial o provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria, celebrada el día 5 de noviembre de 2012. 
 Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
 a)	Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días naturales, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 b)	Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
 c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
 En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de la citada ordenanza quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
 Becerril de la Sierra, a 6 de noviembre de 2012..El alcalde, José Conesa López.
 (03/36.211/12)</texto>
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