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    <fecha_publicacion>2012/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento ordinario 846 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>280</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 218 
 Procedimiento ordinario 846 de 2011 
 Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 846 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Luengo Gómez, frente a “Inserdisk Mantenimientos, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
 Sentencia número 308 de 2012
 En Madrid, a 26 de septiembre de 2012..Vistos por su señoría ilustrísima doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, doña María Elena Luengo Gómez, asistida del letrado don Miguel Ángel Gil Muga, y como demandados, la empresa “Inserdisk Mantenimiento, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial.
 Fallo
 Estimando la demanda interpuesta por doña María Elena Luengo Gómez, frente a la empresa “Inserdisk Mantenimiento, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de salarios y liquidación, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada al abono a la actora de la cantidad de 9.203,49 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, cantidad que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.
 Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, en la forma y plazos establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
 Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
 Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inserdisk Mantenimientos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 9 de octubre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/35.372/12)</texto>
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