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    <fecha_publicacion>2012/12/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Procedimiento ordinario 674 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>295</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 93 
 Procedimiento ordinario 674 de 2010 
 En el presente procedimiento, seguido a instancias de “Sofinloc Instituiçao Financiera de Credito, Sociedad Anónima”, frente a don Marin Joan Savu, doña María Savu y don Jesús de Castro Díaz, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
 Fallo
 Que, estimando la demanda formulada por “Sofinloc Instituiçao Financiera de Credito, Sociedad Anónima”, sucursal en España, contra don Marin Joan Savu, doña María Savu y don Jesús de Castro Díaz, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la entidad demandante la cantidad de 11.792,15 euros de principal más los intereses legales correspondientes, con imposición, asimismo, a los demandados de las costas procesales.
 Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, preparándolo ante este Juzgado en la forma prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
 Y encontrándose dichos demandados, don Marin Joan Savu, doña María Savu y don Jesús de Castro Díaz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
 Torrejón de Ardoz, a 6 de noviembre de 2012..El secretario judicial (firmado).
 (02/9.287/12)</texto>
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