<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121220-270</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 16</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/12/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Valencia número 16. Procedimiento cantidad 173 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>303</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-12-20-303171220120266</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/20/BOCM-20121220-270.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/20/BOCM-20121220-270.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/20/BOCM-20121220-270.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 16</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 16 
 EDICTO
 
 270 
 Procedimiento cantidad 173 de 2009 
 Doña Regina Sobreviela García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Valencia.
 Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de cantidad número 173 de 2009, a instancias de don Ricardo Camús Aguado, contra “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en los que por medio del presente se cita a “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo social, sito en avenida del Saler, número 14, cuarta amarilla, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 30 de abril de 2013, a las diez treinta y cinco horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes.
 En Valencia, a 27 de noviembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/39.804/12)</texto>
</documento>