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    <fecha_publicacion>2012/12/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento ordinario 597 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>304</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 186 
 Procedimiento ordinario 597 de 2011 
 Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
 Hago saber: Que en el procedimiento número 597 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón García Haro, frente a “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, “Aplicaciones de Pinturas Prisma, Sociedad Anónima”, “Aplicaciones Prisma, Sociedad Limitada”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, “Prisma Pinturas y Estucos, Sociedad Anónima”, y “Zear Grupo de Inversión Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuya copia literal se adjunta.
 Sentencia número 372 de 2012
 En Madrid, a 17 de octubre de 2012..Vistos por doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, los presentes autos número 597 de 2011, seguidos a instancias de don Ramón García Haro, contra “Zear Grupo de Inversión Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, “Prisma Pinturas y Estucos, Sociedad Anónima”, “Aplicaciones Prisma, Sociedad Limitada”, “Aplicaciones de Pinturas Prisma, Sociedad Anónima”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, y “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, sobre materias laborales individuales, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
 Fallo
 Estimando la demanda formulada por don Ramón García Haro, frente a “Prisma Pinturas y Estucos, Sociedad Anónima”, “Aplicaciones Prisma, Sociedad Limitada”, “Aplicaciones de Pinturas Prisma, Sociedad Anónima”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, y “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a abonar al actor la cantidad de 4.720,42 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
 Respondiendo solidariamente la empresa codemandada “Zear Grupo de Inversión Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, sobre los conceptos salariales.
 Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2810/0000/60/0597/11 de “Banesto”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en “Banesto” o presentar aval de la entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
 Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
 Publicación
 Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
 Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
 Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Prisma Pinturas y Estucos, Sociedad Anónima”, “Aplicaciones Prisma, Sociedad Limitada”, “Aplicaciones de Pinturas Prisma, Sociedad Anónima”, “Diamond Pinturas, Sociedad Anónima”, y “AD Pinturas y Afines, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 En Madrid, a 17 de octubre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
 (03/38.374/12)</texto>
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