<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20121221-22</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2012/12/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Delegación de competencias
– Orden 1120/2012, de 28 de noviembre, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>304</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-12-21-304191220120090</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/21/BOCM-20121221-22.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/21/BOCM-20121221-22.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/12/21/BOCM-20121221-22.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
 22 
 ORDEN 1120/2012, de 28 de noviembre, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura. 
 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, la titularidad del Protectorado en el ámbito de cada Consejería, corresponde a la Consejera, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia.
 Con el objeto de agilizar la gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, y evitar supuestos de incompatibilidad por la confluencia del cargo como miembro del Patronato y como responsable del Protectorado, se considera conveniente desconcentrar la titularidad de la competencia en materia de protectorado de fundaciones de esta Consejería en el titular de la Secretaría General Técnica.
 A tal fin, de conformidad con lo previsto en los artículos 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
 DISPONGO
 Artículo único
 Atribución de competencias
 Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica la titularidad y el ejercicio de las competencias en materia de protectorado de fundaciones adscritas a la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
 DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
 Entrada en vigor
 La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
 Madrid, a 28 de noviembre de 2012.
 		La Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, 		ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA
 (03/41.314/12)</texto>
</documento>