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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 298 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>16</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 39 
 Ejecución 298 de 2012 
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 298 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Moraleda Blanco, contra la empresa “Empresa Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespros, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente decreto:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña María Dolores Moraleda Blanco, frente a “Empresa Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespros, Sociedad Anónima”, por las cantidades de 313,63 euros de principal, más otros 31,36 euros de intereses legales, así como 31,36 euros de intereses procesales y 31,36 euros de costas presupuestadas para la ejecución.
  Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículos 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social y 187 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Empresa Gestión y Administración de Patrimonios Inmobiliarios Gespros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de diciembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.085/12)</texto>
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