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    <fecha_publicacion>2013/01/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Juicio verbal 1.314 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>24</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 
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 Juicio verbal 1.314 de 2011 
  Doña Socorro Martín Velasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se ha tramitado juicio verbal número 1.314 de 2011, a instancias de “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), frente a don Carlos Eloy Murillo Jaramillo y don Hugo Javier Reyes Espinoza, en los que se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), representada por la procuradora de los tribunales doña María del Pilar Martín Chillarón, contra don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo, en situación de rebeldía procesal, debo:
  1.  Condenar y condeno solidariamente a don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo a abonar a “FCE Bank, PLC” (sucursal en España), la cantidad de 3.369,98 euros, más los intereses equivalentes a 2,5 veces el interés legal del dinero en los términos pactados y los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia.
  2.  Condenar y condeno a don Hugo Javier Reyes Espinoza y don Carlos Eloy Murillo Jaramillo a abonar las costas del presente procedimiento.
  Contra la presente cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.
  Y para que sirva de notificación al demandado don Carlos Eloy Murillo Jaramillo y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 23 de octubre de 2012..La secretaria (firmado).
  (02/221/13)</texto>
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