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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 204 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>26</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 125 
 Ejecución 204 de 2012 
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 204 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Prats Escobar, contra la empresa “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Martínez Melero..En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar ejecución de la sentencia firme número 252 de 2012, frente a la parte ejecutada “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un importe de 21.056,80 euros de principal, más 2.105,68 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini..En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Despachada ejecución en auto de esta fecha por don José Miguel Prats Escobar, contra “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, por importe de 21.056,80 euros de principal, más 2.105,68 euros presupuestados para intereses y costas, a fin de dar efectividad a las medidas concretas,
  Acuerdo:  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de diciembre de 2012..La secretaria judicial (firmado).
  (03/717/13)</texto>
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